Reclama desde 2.000 euros si has comprado un coche entre 2006 y 2013
Es posible que seas uno de los afectados por el cártel de coches que hubo en España entre el 2006 y 2013. Se estima que hasta 10 millones de clientes se vieron afectados por este suceso. ¿Crees que puedes ser uno de ellos? Aquí te mostramos los requisitos que debes reunir para poder reclamar al menos 2.000 euros.
¿Qué pasó?
Lo primero que debes saber es que esto sucede porque tanto los fabricantes como los distribuidores comerciales acordaron la subida de precio de los vehículos. Lo hicieron mediante el intercambio de información sensible de índole estratégica y comercial a fin de aumentar los precios de mercado.
Esto supuso que muchas personas adquirieran un vehículo o hicieran uso de un servicio de posventa con un coste superior al normal.
¿Soy uno de los afectados? ¿Puedo reclamar?
Recientemente, una sentencia del Tribunal Supremo abre la puerta a que los consumidores recuperen parte del dinero que en su día invirtieron. Un importe que puede rondar hasta el 10% y el 15% del precio de adquisición del vehículo. En términos numéricos, hablamos de una cantidad que supondría reclamar aproximadamente 2.000 euros por vehículo adquirido.
Para saber si eres uno de los afectados y puedes realizar la pertinente reclamación, debes cumplir con estos tres parámetros:
- Haber adquirido un vehículo entre los años 2006 y 2013.
- Haber hecho uso del servicio de posventa entre 2006 y 2013.
- El distribuidor comercial al que acudí está en el listado de empresas sancionadas por el Comité Nacional de Mercados y Competencia
La lista de empresas sancionadas por el CNMC es la siguiente:
- Automóviles Citroën España, S.A.: Citroën (Febrero 2006 – Julio 2013)
- BMW Ibérica S.A.U: BMW (Junio 2008 – Agosto 2013)
- BMW Ibérica S.A.U: Mini (Junio 2008 – Agosto 2013)
- Chevrolet España S.A.: Chevrolet (Febrero 2006 – Agosto 2013)
- Chrysler España S.L.: Chrysler, Jeep, Dodge (Abril 2008 – Julio 2010)
- Fiat Group Automoviles Spain S.A.: Fiat, Alfa Romeo, Lancia (Febrero 2006 – Agosto 2013)
- Fiat Group Automoviles Spain S.A.: Chrysler, Jeep, Dodge (Agosto 2010- Agosto 2013)
- Ford España S.L.: Ford (Febrero 2006 – Julio 2013)
- General Motors España S.L.U.: Opel (Febrero 2006 – Julio 2013)
- General Motors España S.L.U.: Saab (Febrero 2006 – Diciembre 2009)
- Honda Motor Europe Limited, sucursal en España: Honda (Abril 2009 – Agosto 2013)
- Hyundai Motor España S.L.U.: Hyundai (Marzo 2010 – Agosto 2013)
- Kia Motors Iberia S.L.: Kia (Marzo 2007 – Noviembre 2012)
- Nissan Iberia S.A: Nissan (Junio 2008 – Agosto 2013)
- Peugeot España S.A: Peugeot (Febrero 2006 – Julio 2013)
- Renault España Comercial S.A.: Renault, Dacia (Febrero 2006 – Julio 2013)
- Seat S.A: Seat (Febrero 2006 – Enero 2013)
- Toyota España S.L.: Toyota (Febrero 2006 – Agosto 2013)
- Toyota España S.L.: Lexus (Octubre 2007 – Agosto 2013)
- Volkswagen Audi España S.A.: Audi, Skoda, Volkswagen (Octubre 2008 – Junio 2013)
- Volvo Car España S.L.: Volvo (Marzo 2010 – Agosto 2013)
El procedimiento para solicitar la indemnización se inicia mediante la presentación de una demanda, a la que deberá adjuntarse un informe pericial. Si quieres reclamar puedes acudir a nosotros y en Summa Abogados te asesoraremos de forma individualizada.